Pericia caligráfica
¿De qué se trata?
● Pericia caligráfica y documental
La pericia caligráfica-documental—de un modo simplificado— sirve para investigar, averiguar o descartar la autoría de un escrito; bien sea por el estudio de su grafía, de las peculiaridades del texto escrito, o del estudio del soporte en el que se consigna el escrito. Los datos que aporten estos estudios pueden formar parte, como medio de prueba, en un procesojudicial.
Para la elaboración de un informe o dictamen pericial caligráfico-documental, se requiere un meticuloso análisis del escrito –grafoanálisis– de su cuerpo gráfico, del texto y de las firmas, y del material físico que le sirve de soporte, para poder detectar si ha sido sometido a cualquier tipo de intervención o manipulación fraudulenta.
En este proceso de análisis:
- Detectamos añadidos, borrados, tachados, raspados, lavados, todo tipo de correcciones sobre el documento escrito.
- Analizamos la morfología de los escritos, sus gestos, en todas las dimensiones posibles, para que ni el rasgo más insignificante quede desapercibido.
- Realizamos pericias caligráficas desde todo tipo de soporte de escritura (desde el papel hasta las paredes, vallas, etc.); y sobre cualquier documento objeto de fraude como: testamentos ológrafos, cheques, nóminas, recibos bancarios, contratos, facturas, anónimos y pintadas.
- Utilizamos el instrumental óptico más avanzado para la detección de alteraciones documentales (cámaras, escáner, lupas, microscopios).
- Elaboramos dictámenes, precisos y accesibles, argumentados científica y técnicamente.
- Actuamos en el ámbito privado como en el judicial (civil y penal).
- Ratificación en sala.
- Honorarios ajustados a las tarifas de profesionales*
Para una correcta atención a su consulta, pídanos cita: +34 669 060 265
As paredes falan: http://youtu.be/hC0G94ejHIk
Preguntas frecuentes
Estas son algunas de las consultas más frecuentes que recibo y que pueden ayudarte a tí también.
DUDAS RAZONABLES
Estas son algunas cuestiones planteadas por las personas que acuden a nuestro Gabinete:
- Asistí a la reunión, pero yo no firmé el acuerdo.
- Sí es mi firma, pero yo no puse eso en el escrito.
- Parece firmado por mí, pero ni me acuerdo haberlo hecho.
- Está todo correcto menos la fecha, está cambiada.
- Alguien firmó por mí este finiquito.
- Apareció este escrito de últimas voluntades del abuelo, ¿serán auténticas?
- Tenemos un testamento ológrafo, pero no sabemos si las firmas son auténticas.
- La cantidad del cheque es falsa.
- En el libro de registro me insultan y amenazan; sospecho de dos personas, pero me gustaría confirmarlo.
- ¿Quién ha podido pintar el muro de mi casa?
Pregunta 1:
¿Quién puede consultar con nuestro gabinete?
Respuesta 1:
Cualquier persona particular que tenga dudas sobre la autoría de un escrito. Cualquier persona, profesional de la abogacía o representante judicial, o miembro de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Pregunta 2:
¿Qué se necesita para poder elaborar un informe pericial?
Respuesta 2:
El documento dubitado, el documento cuya autenticidad se pone en duda, bien por el contenido, la autoría de su contenido, de la letra o de su firma.
Documentos indubitados, es decir, documentos cuya autenticidad no cabe duda. Pueden ser con sello notarial, fichas policiales, registros de juzgados. (Ver Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 350)
Pregunta 3:
¿Es imprescindible personarse en el Gabinete?
Respuesta 3:
No necesariamente. Podemos desplazarnos a tomar las muestras y examinar el material necesario para el informe.
Del mismo modo que si se tratase de examinar escritos en paredes, vallas, u otro tipo de soportes.
Pregunta 4:
¿Cuánto puede costar? ¿Cuánto cuesta un presupuesto?
Respuesta 4:
No cobramos por la redacción de un presupuesto básico (contando con la extensión del texto, las firmas, etc). Si el presupuesto implica desplazamientos y otro tipo de especificaciones, se trataría en el momento de la consulta.
Pregunta 5:
¿Pueden emitir informes en formato digital?
Respuesta 5:
Sí, nuestros informes son presentados física y digitalmente, con la calidad pertinente y siguiendo las pautas marcadas por la Norma UNE 197001:2019.
Pregunta 6:
¿Pueden actuar judicialmente?
Respuesta 5:
Por supuesto. Defendemos nuestros dictámenes judicialmente, argumentando técnicamente los resultados del informe pericial de un modo asequible e inteligible.
¿Tienes alguna duda? ¡Escríbeme!
En las próximas 48 hs hábiles me pondre en contacto contigo.
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Rúa de María Berdiales, Vigo, España
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